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CUMPLIMIENTO DE APARCAMIENTO

CREANDO UN PROBLEMA DE ESTACIONAMIENTO EN SILVERTRAC

PROCESO DE ARRANQUE EN SILVERTRAC

PONERSE LA BOTA :

  • ABRIR LA APLICACIÓN SILVERTRAC.

  • INICIAR SESIÓN

  • SELECCIONE "APLICACIÓN DE APARCAMIENTO" (SI APLICA).

  • ELIGE EL SITIO.

  • SELECCIONE "PROBLEMA DE ESTACIONAMIENTO".

  • COMPLETE LOS DETALLES. TIPO DE PROBLEMA "VIOLACIÓN DE ESTACIONAMIENTO (ADVERTENCIA DE REMOLQUE DE BOTA)".

  • TOMA FOTOS DE TODAS LAS VENTANAS, VISTA AMPLIADA DEL VEHÍCULO, LLANTA EN LA QUE ESTÁ COLOCANDO LA BOTA (ANTES Y DESPUÉS DE PONER LA BOTA), CIERRE DE CUALQUIER PERMISO EN LAS VENTANAS, ESPACIO DE ESTACIONAMIENTO # (SI EL VEHÍCULO ESTÁ ESTACIONADO EN UN ESPACIO ASIGNADO, ESTACIONADO EN UN ESPACIO PARA DISCAPACITADOS SIN Rótulos ni placas para discapacitados. ASEGÚRESE DE QUE LAS FOTOS SEAN CLARAS Y NO ESTÉN BORRADAS. [VER EJEMPLOS A CONTINUACIÓN]. PUEDE TOMAR HASTA 10 FOTOS EN UN ÚNICO INFORME. SE RECOMIENDA USAR LAS 10 FOTOS PARA QUE TENGA TODAS VISTAS CUBIERTAS.

  • AÑADIR ARCHIVO DE AUDIO SI EL DUEÑO DEL VEHÍCULO ESTÁ PRESENTE Y ES VERBALMENTE AGRESIVO (OPCIONAL).

  • AÑADIR NOTAS:

    • HORA DE REGISTRO (HORA EN QUE LLEGÓ AL SITIO Y VEHÍCULO UBICADO)

    • HORA DE INMOVILIZACIÓN (ESPERE 10 MINUTOS Y LUEGO ANOTE LA HORA DE COLOCAR LA BOTA EN EL VEHÍCULO)

  • ENVIAR NÚMERO.

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TIEMPO DE RESPUESTA
UNA VEZ QUE EL DUEÑO DEL VEHÍCULO TIENE EL PAGO LISTO, EL OFICIAL DE APARCAMIENTO DEBE LLEGAR A LA PROPIEDAD DENTRO DE:

  • RENO 45 MINUTOS.

  • CHISPAS 30 MINUTOS.

QUITARSE LA BOTA:

  • COBRAR EL PAGO (SOLAMENTE ACEPTAMOS EFECTIVO, CHEQUE DE CAJA O ORDEN DE DINERO).

  • ABRIR LA APLICACIÓN SILVERTRAC.

  • INICIAR SESIÓN

  • SELECCIONE "APLICACIÓN DE APARCAMIENTO" (SI APLICA).

  • ELIGE EL SITIO.

  • SELECCIONE "PROBLEMA DE ESTACIONAMIENTO".

  • COMPLETE LOS DETALLES. TIPO DE PROBLEMA "BOTA DE LIBERACIÓN".

  • TOMAR FOTOS DEL NEUMÁTICO DESPUÉS DE ABRIR EL BOTÓN (PARA MOSTRAR EL ESTADO DE LA LLANTA) Y RECIBIR. [VER EJEMPLOS A CONTINUACIÓN].

  • AÑADIR ARCHIVO DE AUDIO SI EL DUEÑO DEL VEHÍCULO ESTÁ PRESENTE Y ES VERBALMENTE AGRESIVO (OPCIONAL).

  • AÑADIR NOTAS:

    • HORA DE SOLICITUD DE SOLICITUD (HORA QUE EL PROPIETARIO DEL VEHÍCULO LLAMA CON EL PAGO LISTO)

    • TIEMPO DE LANZAMIENTO DE BOTAS

  • PROPORCIONAR RECIBO AL PROPIETARIO DEL VEHÍCULO

    • TOMAR FOTO DE RECIBO EN SILVERTRAC

    • EL RECIBO DEBE SER LLENADO COMPLETAMENTE.

  • ENVIAR NÚMERO.

20181213_160418.jpg

NO

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EJEMPLO DE INFORME DE ESTACIONAMIENTO (INMOVILIZACIÓN)

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EJEMPLO DE INFORME DE ESTACIONAMIENTO (LIBERACIÓN DE BOTA)

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LLAMADAS DE DESPACHO DE APARCAMIENTO

1A
00:00 / 03:15
1B
00:00 / 01:07
1C
00:00 / 00:35
2A
00:00 / 01:48
2B
00:00 / 00:22
3
00:00 / 01:24
4
00:00 / 01:07
5
00:00 / 01:11

LEYES DE ARRANQUE

NRS 487.0385 Autoridad del propietario o persona en posesión legal de ciertas estructuras de estacionamiento para inmovilizar el vehículo estacionado de manera no autorizada: Señal requerida; excepciones a la autoridad; Los gastos correrán a cargo del propietario del vehículo.

1. Salvo que se disponga lo contrario en la subsección 3, el propietario o la persona en posesión legal de un estacionamiento de varios niveles u otra estructura de estacionamiento que sea operada por o para el propietario u operador de un hotel resort con una licencia no restringida puede, después de otorgar aviso de conformidad con el inciso 2, inmovilizar un vehículo estacionado de manera no autorizada en el garaje o estructura por medio de un maletero, abrazadera de rueda u otro dispositivo mecánico que impida el movimiento del vehículo hasta que se retire el maletero, abrazadera u otro dispositivo si un El letrero se muestra a simple vista en cada nivel del estacionamiento o estructura de estacionamiento que:

(a) Declara que el estacionamiento público está prohibido o restringido de cierta manera y establece las disposiciones de NRS 487.039 ;

(b) Muestra el número de teléfono del departamento de policía o de la oficina del alguacil; y

(c) Proporciona los procedimientos que se deben seguir y el monto total de los cargos para quitar la bota, abrazadera u otro dispositivo mecánico.

2. El monto total de los cargos para quitar la funda, abrazadera u otro dispositivo mecánico no debe exceder los $ 100.

3. Cualquier vehículo que esté estacionado en un espacio designado para personas con discapacidades no debe inmovilizarse de conformidad con esta sección, sino que puede ser remolcado.

4. Salvo que se disponga lo contrario en NRS 487.039 , la cantidad total de todos los cargos incurridos bajo las disposiciones de esta sección por la remoción de un maletero, abrazadera de rueda u otro dispositivo mecánico que impida el movimiento del vehículo debe ser asumido por el propietario de el vehículo, según se define ese término en NRS 484A.150 .

5. Las disposiciones de esta sección no limitan ni afectan ningún derecho o recurso que el propietario o la persona en posesión legal de un garaje de estacionamiento de varios niveles o estructura de estacionamiento según lo dispuesto en la subsección 1 pueda tener en virtud de otras disposiciones de la ley que autorizan la remoción o inmovilización de un vehículo estacionado en el garaje o estructura.

6. Como se usa en esta sección:

(a) “Licencia no restringida” tiene el significado que se le atribuye en NRS 463.0177 ; y

(b) “Hotel resort” tiene el significado que se le atribuye en NRS 463.01865 .

(Agregado a NRS en 2017, 3188 )

NRS 487.039 Vehículo remolcado o inmovilizado en una instalación para estacionar o en la dirección del propietario o persona en posesión legal de bienes inmuebles: Propietario del vehículo autorizado para entablar una acción civil para determinar si el remolque o la inmovilización son legales; limitación; programación de audiencias; orden de la corte; operador de la instalación para el almacenamiento de vehículos remolcados para mostrar la señal.

1. Si un vehículo es remolcado de conformidad con NRS 487.037 o 487.038 o inmovilizado de conformidad con NRS 487.0385 y el propietario del vehículo cree que el vehículo fue remolcado o inmovilizado ilegalmente, el propietario del vehículo puede presentar una acción civil de conformidad con el párrafo (b ) del inciso 1 de NRS 4.370 en el tribunal de justicia del municipio donde se encuentra la propiedad desde la cual se remolcó el vehículo o en el que se inmovilizó el vehículo, en un formulario provisto por el tribunal, para determinar si el remolque o inmovilización del El vehículo era legal.

2. Se puede presentar una acción relacionada con un vehículo que fue remolcado de conformidad con esta sección solo si el costo de remolque y almacenamiento del vehículo no excede los $ 15,000.

3. Tras la presentación de una acción civil de conformidad con la subsección 1, el tribunal fijará una fecha para una audiencia. La audiencia debe celebrarse a más tardar 4 días hábiles después de que se presente la acción. El tribunal colocará la fecha de la audiencia en el formulario y ordenará una copia entregada por el alguacil, alguacil u otro servidor de proceso al propietario o persona en posesión legal de la propiedad que autorizó el remolque o inmovilización del vehículo.

4. El tribunal, si determina que el vehículo era:

(a) Remolcado legalmente, ordenar al propietario del vehículo que pague el costo de remolque y almacenamiento del vehículo y ordenar a la persona que está almacenando el vehículo que entregue el vehículo al propietario al pagar ese costo;

(b) Remolcado ilegalmente, ordene al dueño o persona en posesión legal de la propiedad que autorizó el remolque a pagar el costo de remolque y almacenamiento del vehículo, ordene a la persona que está guardando el vehículo que entregue el vehículo al dueño inmediatamente y determine el costo real incurrido en remolcar y almacenar el vehículo;

(c) Inmovilizado legalmente, ordenar al propietario del vehículo que pague el costo de retirar del vehículo el maletero, abrazadera de rueda u otro dispositivo mecánico utilizado para inmovilizar el vehículo y ordenar a la persona que inmovilizó el vehículo que retire el maletero, abrazadera o dispositivo tras el pago de ese costo; o

(d) Inmovilizado ilegalmente, ordenar al dueño o persona en posesión legal de la propiedad que autorizó la inmovilización a pagar el costo de quitar el maletero, abrazadera o dispositivo y ordenar a la persona que inmovilizó el vehículo que retire el maletero, abrazadera o dispositivo de el vehículo inmediatamente.

5. El operador de cualquier instalación u otro lugar donde se almacenen vehículos que son remolcados deberá exhibir de manera visible en esa instalación o ubicación un letrero que establezca las disposiciones de esta sección.

(Agregado a NRS por 1995, 1606 ; A 2003, 852 ; 2007, 1134 ; 2015, 948 ; 2017, 3189 )

 

§ 6.10.040. Autoridad para remolcar o inmovilizar vehículos en propiedad privada; exhibición de letreros y señalización de la propiedad  

Ultima versión.

  • (a) Salvo que se disponga lo contrario en la subsección (e), un operador de un vehículo de remolque o una empresa de arranque no deberá remolcar un vehículo ni arrancar un vehículo en una propiedad privada a solicitud del propietario o de la persona en posesión legal de la propiedad. o un agente designado por el propietario o la persona en posesión legal de la propiedad, a menos que se muestre un letrero o letreros en la propiedad de acuerdo con NRS 487.038, cualquier ordenanza municipal y del condado aplicable y la subsección (d). A los efectos de esta sección, el operador de un vehículo de remolque o una empresa de arranque no es un agente autorizado del propietario de la propiedad inmueble, a menos que dicha empresa sea una empresa de arranque bajo contrato con el propietario o la persona en posesión legal de la propiedad.

  • (b) En los complejos residenciales, los espacios de estacionamiento reservados y las áreas en las que está prohibido estacionar deben estar claramente identificadas y marcadas. Además, los inquilinos de un complejo residencial en el que no se esté utilizando actualmente el patrullaje con el propósito de patear a los infractores de estacionamiento, deben ser notificados por escrito con un mínimo de 15 días antes de comenzar dicho patrullaje.

  • (c) Si un letrero se quita, destruye o daña, debe reemplazarse o repararse dentro de un tiempo razonable. Ningún vehículo debe ser remolcado o arrancado hasta que el letrero o los letreros hayan estado colocados durante al menos 24 horas.

  • (d) Un letrero o letreros exhibidos en un estacionamiento de conformidad con la subsección (a) debe:

  • (1) Estar impresos con un fondo blanco contrastante y letras negras;

  • (2) Use letras uniformes legibles para una persona de agudeza visual normal situada al menos a 25 pies de distancia del letrero;

  • (3) Ser visible de noche mediante el uso de iluminación directa o indirecta;

  • (4) Se colocará en el estacionamiento de tal manera que esté en el campo de visión de todos los conductores que ingresen y usen el estacionamiento, se colocará de manera que el centro del letrero no sea menor de tres ni mayor de seis pies por encima de la superficie del lote y no se colocará de manera que quede oscurecido u obstruido por un objeto que intervenga, incluido un vehículo legalmente estacionado;

  • (5) Ser de suficiente cantidad y ubicación para notificar a todos los usuarios del lote de sus restricciones de estacionamiento; y

  • (6) Incluya el nombre y número de teléfono de la compañía de remolque o arranque disponible para facilitar la recuperación del vehículo por parte del propietario del vehículo y de la agencia local de aplicación de la ley a la que se notifica, y el cargo realizado por la recuperación de un vehículo incautado. .

  • (7) Identifique el negocio o negocios para los cuales se permite el estacionamiento, o al que se restringe el estacionamiento, en el área de estacionamiento en cuestión.

  • (8) En lugar de colocar letreros en toda la calle privada, lote o garaje en el que el estacionamiento está restringido, se considerará que el dueño de la propiedad y la compañía de arranque cumplen con esta sección si los letreros que contienen la información y el formato requeridos por esta sección se colocan de manera visible. y mantenido por el dueño de la propiedad en cada entrada y salida designada de la propiedad para que sea fácilmente visible y legible para un operador de vehículo que ingrese a la propiedad. Si el acceso vehicular a la propiedad no se limita físicamente a una entrada y salida designadas, el límite externo de la propiedad debe estar designado mediante señalización o señalización apropiada del pavimento.

  • (e) Esta sección no se aplica:

  • (1) Si el propietario o la persona en posesión legal de una propiedad privada o el agente designado por el propietario o la persona en posesión legal de la propiedad ha celebrado un contrato por escrito con el propietario del vehículo que describe las circunstancias bajo las cuales un vehículo puede ser remolcado o con botas. Para los propósitos de esta sección, el operador de un vehículo de remolque o empresa de arranque no es un agente autorizado del propietario de la propiedad inmueble a menos que dicha empresa sea una empresa de arranque bajo contrato con el propietario o la persona en posesión legal de la propiedad;

  • (2) Si el propietario o la persona en posesión legal de una propiedad privada, o el agente designado del propietario o la persona en posesión legal de la propiedad, solicita que el vehículo sea remolcado porque está estacionado en un área de "no estacionamiento" como un carril de incendio marcado, zona roja, carril de circulación de una calzada, entrada de autos, césped o cualquier otra área comúnmente reconocida como un área de "no estacionamiento";

  • (3) Si la propiedad en la que ocurre el arranque o el remolque es una propiedad inmueble residencial en la que solo se encuentra una vivienda unifamiliar;

  • (4) Para remolcar o arrancar un vehículo bajo la dirección de un oficial del orden público; o

  • (5) Para remolcar un vehículo desde un área no mejorada o un área donde no se muestra ningún letrero si se ha colocado un aviso en el vehículo durante no menos de 24 horas.

(Ord. No. 4754, § 1, 6-10-97; Ord. No. 4830, § 2, 1-13-98; Ord. No. 6097, § 2, 3-11-09)

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